Resumen:

Se declara Zona No Apta de Residencia Domiciliaria a toda la zona determinada dentro de los siguientes lotes agrícolas: Una fracción de 50,00 metros sobre el límite sur-este del Lote Agrícola 46, Sección Sur; Lote Agrícola 47, Sección Sur; Lote Agrícola 3, Sección I, Colonia Caa-Guazú.

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pdf ORDENANZA XIV - N° 8 227 KB 26

Datos adicionales:

Numero de Ordenanza Anterior:

167/05

Consolidacion Vigente:

2° - Segunda Consolidación (2022)